02 Feb Avanza en Chile proyecto de ley que prohíbe la maternidad subrogada
Por Jorge Nicolás Lafferriere
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En la sesión del 26 de enero de 2026, la Comisión de Familia de la Cámara de Diputados de Chile aprobó en en general el proyecto de ley, iniciado en moción de las diputadas señoras Helia Molina, Francesca Muñoz, Ximena Ossandón, y Consuelo Veloso, y los diputados señores Juan Irarrázaval, Héctor Barría, Felipe Donoso y Jorge Saffirio, que modifica diversos cuerpos legales para prohibir y sancionar la maternidad subrogada (Boletín N° 17337-07), en primer trámite constitucional y reglamentario.
El proyecto fue presentado el 13 de enero de 2025 y cuenta con cinco artículos. El primero, modifica el artículo 182 del Código Civil para prohibir los contratos de maternidad subrogada, a través del agregado de estos párrafos:
“De las técnicas a que se refiere el inciso 1º se excluye la maternidad por subrogación, cualquiera sea la forma como se la denomine. Será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero.
La filiación de los hijos nacidos por gestación de sustitución será determinada por el parto, según el artículo 183.
Queda a salvo la posible acción de reclamación de la paternidad respecto del padre biológico, conforme a las reglas generales.”
El artículo segundo modifica el Código Penal para incorporar como delito la subrogación de maternidad, a cuyo fin propone la incorporación de nuevos artículos a saber:
“Párrafo 4° De la subrogación de maternidad
Art. 358. El que intermediare entre una persona o pareja que desee acoger a un niño y una mujer que acepte gestar al niño con el fin de entregárselo será castigado con la pena de presidio menor en su grado medio y multa de 1.000 UTM. Será sancionado con la misma pena quien en cualquier forma, realice, organice o publicite la comercialización de embriones o la maternidad subrogada.
Cuando los actos se hayan cometido de forma habitual o con ánimo de lucro, las penas se aumentan a presidio mayor en su grado mínimo y multa de 5.000 UTM.
Art. 359. El facultativo que, abusando de su oficio, intervenga de cualquier forma en un proceso de gestación asistida con el propósito de dar lugar a la maternidad subrogada será castigado con la pena de presidio mayor en su grado mínimo a medio y multa de 5.000 UTM.
Art. 360. El que, intermedie, organice, realice o publicite la maternidad subrogada, abusando de una relación de dependencia, de grave desamparo en que se encuentra la mujer, o la induzca por su inexperiencia o ignorancia a ser parte de un proceso de maternidad subrogada, será sancionado con la pena de presidio mayor en su grado medio a máximo y multa de 5.000 UTM.”.
También se modifica el artículo 411 quáter del C.Penal para incorporar a la maternidad subrogada y la venta de niños entre los delitos de esclavitud o prácticas análogas.
El artículo tercero modifica el Código Orgánico de Tribunales para determinar que los delitos antes enunciados (arts. 358, 359 y 360 C.P.) quedan sometidos a la jurisdicción de Chile.
El artículo cuarto modifica el Código Sanitario para prohibir la transferencia de óvulos con fines reproductivos por cualquier título.
Finalmente, el artículo quinto modifica la ley de adopción de Menores para prohibir que se conceda la adopción “a cualquier persona o pareja que haya sido parte de un contrato, acuerdo o convención de maternidad subrogada, cualquiera sea su denominación.”.
A raíz de esta aprobación, el Grupo de Expertos de Casablanca dio a conocer una declaración en la que “celebra el voto unánime y transversal por el cual la Comisión de Familia de la Cámara de Diputados de Chile aprobó, en general, el proyecto de ley destinado a prohibir y sancionar la gestación subrogada. Este voto, que reunió a diputados de izquierda, centro y derecha, marca un paso decisivo en el proceso legislativo y reconoce claramente la necesidad de prohibir esta práctica”. El Grupo señalan que “este avance refleja una conciencia compartida sobre las graves violaciones de los derechos fundamentales de las mujeres y los niños que provoca la gestación subrogada. Ha sido recibido con satisfacción a nivel internacional por Reem Alsalem, Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la Violencia contra la Mujer y las Niñas, quien declaró públicamente que, cuando los gobiernos examinan las consecuencias del mercado de la gestación subrogada, la única medida coherente es su prohibición”. Finalmente, “saluda el trabajo de los expertos movilizados en Chile para proteger a mujeres y niños, así como el compromiso del diputado Juan Irarrázaval Rossel, presidente de la Comisión de Familia, cuya acción permitió una convergencia política amplia e inédita”.
Luego de la votación en general, la Comisión de Familia deberá votar el texto del proyecto en particular y luego será tratado por el Pleno de la Cámara de Diputados.
Fuentes: https://www.camara.
https://www.camara.cl/