06 Feb Naturalizará o desnaturalizará al ser humano el Proyecto de ley de Identidad de Género
El 23 de enero 2018 se votó en Chile, en segundo trámite legislativo de manera favorable, la idea de legislar el Proyecto de Ley que da Protección al derecho a la identidad de género en la Sala de la Cámara de Diputados, con 68 votos a favor, 31 en contra y ninguna abstención. En marzo el proyecto de ley que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género, que el miércoles 24 de enero fue ingresado al senado, pasará a la Comisión de Derechos Humanos del para iniciar su tercer trámite legislativo en el Senado y nuevamente tendrá que ser votado en la sala de ambas Cámaras.
Mucho se habló en la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios de la Cámara de Diputados, que en democracia se iba a escuchar a toda la sociedad civil que quisiera exponer en esta Comisión en el período de audiencias públicas, dado que este era un proyecto de ley emblemático que cambiaría la realidad de todas las personas especialmente los TRANS en Chile. La verdad es que no sólo no se escuchó a toda la sociedad civil, ni a los científicos, pues dada la urgencia suma y discusión inmediata que el gobierno de la Nueva Mayoría le puso a este proyecto (ya comprometido con el MOVIHL, a través del acuerdo MOVIHL, OEA, Estado de Chile el 2016) que le daba 6 días para despachar el proyecto a la sala de la cámara, no se siguieron llamando a las organizaciones y profesionales debidamente inscritos para argumentar acerca de este proyecto de ley. La Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios, presidida por el Diputado Ojeda, presentó una falta de rigurosidad de reglamento, en muchísimos aspectos que no vale la pena especificar, pero el más notable fue el no pasar este Proyecto de Ley por la Comisión de Constitución Legislación y Justicia donde se establecerían los alcances constitucionales del mismo y que podrían cambiar los quorum de algunos artículos para la votación en sala, lo que todos esperaban por procedimiento. Obviamente esto significaba retrasar el proyecto para su ingreso a la Sala de la Cámara y no estaban dispuestos.
El gobierno ha tratado de quitarnos la victoria de hoy, pidiéndole a nuestros asesores legislativos que convenzan a los diputados para que se vuelvan a votar ciertos artículos…pero los diputados no accedieron y muy bien por ellos. ¿Qué ganamos? Que no se aprobara el cambio de sexo para menores de 18 años, ni para aquellos casados, que no tengan su vínculo matrimonial disuelto. Tampoco se pudieron aprobar los tratamientos hormonales para niños.
¿Cómo se logró? Porque Dios es muy grande y porque varios grupos hicieron también un gran trabajo de lobby, entregándoles información científica, a cada uno de los diputados para justificar su toma de decisiones. La Nueva Mayoría no tenía el quorum para lograr votar favorablemente estos cambios radicales, pues algunos artículos e incisos necesitaban de un quorum de ley Orgánica 67 de los diputados en ejercicio. A pesar de la ruidosa barra de los grupos LGTBI en las graderías, y a la molesta comunicación (no verbal pero simbólica) de Rolando Jimenez con los diputados que lo apoyan, aprobando o desaprobando con su dedo pulgar cada una de las indicaciones que se votaban, éstos no fueron desalojados de las graderías y en cambio sí fueron sacados con carabineros todos los opositores del proyecto de ley en votación. Discriminación arbitraria a todas luces, pero no sancionada por la sala de nuestra Cámara en el Congreso.
Esta ley obliga a otras personas a percibir la realidad, como ellos quieren que la veamos no como naturalmente ésta es. Esta ley establece que la percepción de uno mismo pasa a ser inmutable y así se comienza una reforma moral y antropológica profunda que cambiará, de aprobarse el proyecto en estos términos, la concepción del hombre la familia y nuestras relaciones sociales, legalizando una moral relativa, subjetiva y desnaturalizada carente de sentido común. Se comienzan a crear derechos nuevos, como el derecho a la identidad de género y los principios que emanan de este derecho, que nacen de ideologías totalitarias. Principios que redefinen las relaciones humanas, pues como ellos se sienten, es como los tenemos que ver redefiniendo la realidad, un proceso de desconstrucción que responde a una reingeniería peligrosa. Debemos negar la naturaleza por ley. Modificar nuestra moral por ley.
Este proyecto además establece el “principio a la no patologización” (art. 4), que dice que en Chile no se puede definir como enfermo a quien se le diagnostique una disforia de género ni tratarla bajo este diagnóstico, aunque en toda la norma internacional se denomina de esta manera a quienes manifiesta disconformidad o incomodidad con su sexo biológico. Es decir, están negando la práctica médica pues no se le puede hacer un diagnóstico médico a quienes están en esta situación por el derecho que este proyecto de ley les otorga y por la presión que ejerce el lobby lgtbi de ser tratados como una categoría vulnerable protegida, cosa que en Chile aún no se reconoce.
“Ninguna persona (en Chile), institución pública o privada podrá realizar un acto u omisión que importe discriminación arbitraria a las personas en razón de su identidad y expresión de género (art. 13). En ningún caso podrá alegarse como justificación el ejercicio legítimo de un derecho fundamental es decir no podrá apelar, que se resguarden los derechos fundamentales”
Éste vendría a ser un supra derecho, sobre los derechos constitucionales. Así cuándo exista colisión de derechos, es decir el ejercicio legítimo de la libertad de conciencia , expresión, derecho preferente de los padres, libertad de culto, económica, … todos estos derechos estarán por debajo del derecho a la identidad de género.
Esta indicación fue aprobada pero se solicitó reserva de constitucionalidad apelando al artículo 19:26 de la Constitución política de Chile.
Una re ingeniería social basada en la ideología de género desde la primera infancia, es un hecho. Esto se ha manifestado en un sin número de iniciativas legislativas políticas públicas y reglamentos. Ejemplos son los proyectos de ley de infancia que ha impulsado este gobierno como el de Garantías de Niñez, Defensoría de la Niñez, Subsecretaría de la Niñez, entre otros. En donde se vulnera a los padres quitándoles el derecho y deber preferente sobre sus hijos. Y donde el estado quiere actuar como el primer garante.
Este proyecto claramente pasa a engrosar esta lista de iniciativas legislativas negativas, quitándole nuevamente el derecho preferente a los padres de educar a sus hijos en sus convicciones y creencias forzando en el artículo 4 inciso final a adoctrinar a sus hijos en ideología de género
“ , deberá prestarle orientación y dirección en el ejercicio de los derechos que contempla esta ley.».
Lucharemos para solicitar a través de nuestros representantes la reserva de constitucionalidad de este artículo y otros 2 con el objetivo de proteger la objeción de conciencia personal e institucional, en el tercer trámite legislativo que se iniciara en marzo del 2018.
La definición del artículo 1 es absolutamente arbitraria y subjetiva:
“El derecho a la identidad de género consiste en la facultad de toda persona cuya identidad de género no coincida con su sexo y nombre registral, de solicitar la rectificación de éstos.
Para efectos de esta ley, se entenderá por identidad de género la convicción personal e interna de ser hombre o mujer, tal como la persona se percibe a sí misma, la cual puede corresponder o no con el sexo y nombre verificados en el acta de inscripción del nacimiento.”
Como dijo el Diputado Gaspar Rivas en su discurso en la Sala: Canadá, uno de los países más innovadores en la Ideología de Género y uno de los más antiguos en implementarla, llegó a la misma conclusión que nosotros les planteamos acá, que es una ideología totalitaria que a través de sus leyes ha restringido las garantías constitucionales de su país y limitado las libertades individuales y colectivas. También el Diputado Rene García fue claro que este proyecto era una “aberración más de este gobierno, un proyecto ideológico… Pero hay que volver al sentido común y no involucrar a los hijos en esto…aunque se cambien de sexo no podrán cambiar el ADN … este es un problema administrativo, no de ley”.
Por otro lado el diputado Jaime Bellolio insiste que este es un proyecto mejorable e ingresó una indicación “…para regular un procedimiento para los niños, con requisitos muy restrictivos y con permiso de ambos padres”.
¿Qué esperamos para adelante? Que el Ejecutivo, que asumirá en marzo, que co legisla con Senadores y Diputados, esté dispuesto a gobernar por el bien común y vete este proyecto de ley o al menos se enfrente a estos grupos de presión a favor de la ideología de Género, a través de la OEA, la Corte Interamericanas de los Derechos Humanos, UNICEF y la ONU , entre otras. Que los senadores y diputados de la comisión de DDHH y los que se constituyan en la comisión mixta pongan atención al peso de la prueba científica, a la carga constitucional del proyecto resguardando los derechos fundamentales de todos, libres de ideologías totalitarias y apliquen el sentido común. El trabajo de la sociedad civil debe ser revindicado y esperamos que esta vez este proyecto responda al espíritu original y de protección real al bien superior del niño fortaleciendo la familia y a los padres.
Nosotros, los ciudadanos, tenemos la responsabilidad y el derecho de informarnos de cómo votaron los congresistas y de sancionar con nuestro voto y opinión a quienes quieren cambiar la naturaleza del ser humano y no dejar que las “percepciones de cómo me siento” sean las que mandaten en el país.
¿Se logrará realmente solucionar la situación de los 280 trans registrados en Chile? No con esta ley. Lo que SI logrará un cambio significativo y real es que hablemos en la verdad, les demos garantías médicas y avancemos en el trato digno al que todo ser humano tiene derecho más allá de cualquier condición, reconociendo que nacieron hombres (XX) y mujeres (XY) no de “género neutro” como algunos nos quieren imponer y hacer creer, para así poder ser, lo que quieran ser, cuando lo “sientan”.
Este Proyecto de Ley debe: “resguardar el derecho de los niños y adolescentes de vivir el proceso de maduración psicosexual permitiéndoles alcanzar la consolidación de su identidad sexual definitiva. El cambio de sexo implica tratamientos hormonales de por vida, eventuales tratamientos quirúrgicos irreversibles, infertilidad, efectos secundarios a los tratamientos como mayor riesgo de cáncer, enfermedades cardiovasculares, psiquiátricas e intento de suicidio entre otros”. (Carta Sociedad de Endocrinología y Diabetes y Sociedad de Pediatría).
No creamos que el “cambio de sexo y nombre registral” producirá un bien para nuestra sociedad. Más bien la desnaturalizará, pues por unos pocos casos, se enseñará a todos los niños de Chile que el que no quiera su sexo biológico, por ley, podrá cambiar no sólo su sexo (por una sola vez) sino que además sus registros, que en confidencialidad tendrán que mantenerse secretos para el ciudadano común. Así para todos los chilenos se esfumarán las certezas más básicas, saber si se relaciona con un hombre o con una mujer de nacimiento, porque ahora el sexo será intercambiable a voluntad.